Protección de las obtenciones vegetales: no puede fijarse una indemnización mínima a tanto alzado. De conformidad con la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE en el caso C-522/21, se considera nula la norma que establece una cantidad mínima a tanto alzado calculada tomando como base el cuádruple del canon de la licencia en concepto de indemnización por un incumplimiento repetido e intencionado.